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En el  2018 entra en vigor el ratio de financiación estable

Basilea es el foro en el que los diferentes reguladores  bancarios llegan a acuerdos sobre legislación y regulación bancaria, acuerdos emitidos por el comité  de supervisión bancaria de Basilea como recomendaciones que posteriormente son adoptados por los diferentes reguladores bancarios a nivel de país (banco de España) o área monetaria (BCE). El objeto es establecer estándares que sirvan de referencia para la protección de los bancos supervisados en relación a sus riesgos operativos y financieros.

La evolución histórica de los acuerdos de Basilea han sido:

BASILEA I: 1998 – Definiendo los recursos propios necesarios para absorber la exposición al riesgo generado por los diferentes tipos de activos. (8% de los riesgos ponderados)-

BASILEA II; 2004. Donde a través de 3 pilares de análisis se realiza con mayor precisión el cálculo del capital regulatorio necesario, según la probabilidad de impago, la tasa de recuperación del préstamo, y de la exposición en el momento de impago, empleando rating externos o internos, e incorporando otros riesgos del propio banco como son el operaciones, de tipo de cambio y de mercado, así como  una mayor sistematización en la gestión de los recursos propios necesarios.

BASILEA III; es el nuevo marco regulatorio acordado en el 2010, en el 2015 entró en vigor el cumplimiento del ratio de cobertura de liquidez y en el 2018 entrará en vigor el ratio de financiación estable. Este Basilea hace especial incapie  en la liquidez en manos de los bancos, viene a medir y controlar el nivel  mínimo de capital en manos del banco en función de los diferentes tipos de activos.

El efecto de este Basilea sobre las pymes son muy claros, el encarecimiento del crédito a medio y largo plazo y la reducción de la duración del crédito. La forma en que Basilea III analiza la liquidez requiere que se sincronice la duración de los flujos del pasivo (como se fondea el banco) y del activo (los prestamos e inversiones que hace el banco).

Basilea III penaliza mucho a las pymes al asignarles un riesgo mayor, y por tanto,  un mayor consumo de capital propio de largo plazo para los bancos, lo que se traduce en un encarecimiento de los  activos que generan exposición a pymes.  La lógica que apoya esta decisión es la menor capacidad de las pymes para absorber la volatilidad del ciclo macroeconómico en su estructura de capital y de márgenes de explotación.

Al banco pues le quedan varias salidas frente a este escenario:

                1º Reducir su exposición de riesgo frente a estas pymes.

                 2º Líneas de préstamos y crédito de menor duración para cumplir con sus ratios de suficiencias de fondos.

                3º Exigir una mayor rentabilidad a las concesiones de largo plazo.