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Objeto

Esta orden tiene por objeto regular el tablón de edictos y anuncios de la Seguridad Social, incluido en la sede electrónica de la Secretaría del Estado de la Seguridad Social, como medio oficial de publicación, a través de edictos, de las notificaciones de los actos administrativos dictados en el ámbito de la Seguridad Social, en los siguientes supuestos:

a. Cuando los interesados en el procedimiento sean desconocidos.

b. Cuando se ignore el lugar de la notificación o el medio por el que ha de practicarse.

c. Cuando intentada la notificación en la sede electrónica de la Seguridad Social o en el domicilio de los interesados, ésta no se haya podido practicar.

Características del tablón de edictos y anuncios de la Seguridad Social

1. El tablón de edictos y anuncios de las Seguridad Social será único para toda la Administración de la Seguridad Social, tendré forma digital y se ajustará a las especificaciones que se establecen en esta orden.

2. El tablón estará accesible las 24 horas del día y de forma gratuita.

3. La publicación en el tablón de edictos y anuncios de la Seguridad Social respetará los principios de accesibilidad y facilidad de uso.

Plazo de publicación de los edictos

Los edictos se mantendrán publicados en el tablón de edictos y anuncios de la Seguridad Social durante un plazo de 20 días naturales, entendiéndose como fecha de publicación aquella que aparezca en la representación visual de la firma electrónica del documento.

Efectos de la publicación de edictos

La publicación en el tablón de edictos y anuncios de la Seguridad Social de los edictos correspondientes a notificaciones de los actos administrativos dictados en el ámbito de la Seguridad Social, en los supuestos a los que se refiere el objeto, surtirá efectos de notificación a los interesados sin que sea necesaria su publicación en ningún otro tablón edictal o boletín oficial alguno.

En estos casos, transcurridos 20 días naturales desde la publicación del edicto en el tablón, se entenderá que la notificación ha sido practicada, dándose por cumplido dicho trámite y continuándose el procedimiento, sin perjuicio de que el edicto siga estando accesible en el tablón durante el plazo señalado.

Asimismo, finalizado el plazo de 20 días naturales de publicación, se iniciará el cómputo de los plazos para la interposición de las reclamaciones y recursos que procedan.

Plazo de exposición de los edictos

Finalizado el plazo de publicación de 20 días naturales, el edicto seguirá estando accesible durante un año, a efectos de consulta, en el tablón de edictos y anuncios de la Seguridad Social.

Una vez transcurrido este plazo, únicamente se facilitará la información contenida en este edicto al propio interesado o a su representante

Acceso de los ciudadanos al tablón de edictos y anuncios de la Seguridad Social

El acceso de los ciudadanos al tablón será a través de la sede electrónica de la Secretaría del Estado de la Seguridad Social, y no precisará de identificación alguna.

Cuando por medio de edictos se publiquen notificaciones que contengan sanciones administrativas, la información obtenida como consecuencia de su consulta en el tablón únicamente podrá conservarse y almacenarse por la Administración de la Seguridad Social, por el propio interesado o la persona que éste hubiera autorizado y por las administraciones públicas que por ley lo tengan autorizado, resultando en los restantes caso contrario a lo dispuesto en la ley de Protección de Datos de Carácter Personal.

Fdo.: Oscar Borrezo Palomo

Analista de Rating Empresarial